
Sin lugar a dudas, estas críticas denotan una fuerte oposición a estas industrias del entretenimiento. Ahora bien, hay que tener en cuenta que en toda sociedad donde se reconozca la propiedad privada todo aquel que sea propietario de algo (en este caso, una empresa o un autor) buscará protegerlo. En segundo término, tampoco es cierto que las discográficas (o cualquier otra empresa de entretenimiento) se beneficien con rentas monopólicas “a cambio de nada”. Por el contrario, estas empresas se benefician con la venta de bienes culturales, a cambio de una fuerte inversión que, por otro lado, favorece al progreso cultural. En tercer lugar, vale destacar que la labor de las industrias del entretenimiento es de gran importancia en Internet. Es cierto que Internet permite que cualquiera incluya en sus propias creaciones artísticas en esta fabulosa mega Red informática.
En efecto, tal como han expuesto recientemente los artistas argentinos León Gieco y Gustavo Santaolalla,”…intercambiar archivos de música sin autorización de quienes participaron en su creación es ilegal. La piratería daña todo el proceso creativo y la fuente de muchas familias. En cambio, si empezamos a usar sitios de Internet en los que se puede acceder a la música en forma legítima, podrán surgir los puntos de encuentro entre la música y el público, y así estaremos incentivando nuevos artistas y compositores… La piratería es un robo como cualquier otro…”. Tal como podemos apreciar, estos movimientos extremos no suelen fundar sus posturas en argumentos sólidos. Se trata, básicamente, de grupos que se aprovechan de la simpatía que generan en el público, pretendiendo colocarse en el lugar de los defensores de los más débiles contra los “poderosos avaros” que manejan nuestra cultura. Pero no tienen detrás de sí mucho más que esa imagen “anti-sistema”.
Por otro lado, con un enfoque menos extremo, aunque hasta cierto punto bastante revolucionario, existen otros movimientos espontáneos que se fueron generando junto con el crecimiento del entorno digital, que merecen ser analizados. Estos grupos básicamente no postulan la abolición de las Leyes de Propiedad Intelectual, pero sí reclaman una flexibilización de éstas, de modo tal que no afecten los usos y costumbres de los cibernautas. El más conocido de todos estos movimientos es Creative Commons, aunque existen muchos proyectos similares, cuyo origen puede encontrarse en los mismos albores de Internet, a fines de la década del noventa. Sus discursos son un refinamiento -enfocado en la Propiedad Intelectual- de una posición más general y ambigua sobre qué reglas deben gobernar ese espacio virtual integrado por las numerosas redes que conforman Internet. Se apoyan en la idea de que Internet es un espacio construido y desarrollado por los usuarios, y que como tal, debe quedar al margen de las injerencias de los gobiernos y los intereses privados de grupos o personas que no persigan los mismos fines “neutrales” de los usuarios. En cierto punto, estos grupos responden a una ideología política que busca preservar este ámbito virtual de forma tal que el poder de decisión de cómo debe ser este espacio recaiga en los usuarios.
Creative Commons, el más famoso de estos grupos, surgió en 2001 como una respuesta a los conflictos que se generaban como consecuencia de lo dispuesto por las Leyes de Propiedad Intelectual en Internet. Según la autodefinición de la misma organización, su objetivo es desarrollar herramientas que ayuden a reducir las barreras legales que atentan contra la creatividad. Estas herramientas diseñadas por Creative Commons son licencias que se inspiraron en las licencias GPL (General Public License) de la Fundación del Software Libre (Free Software Foundation), que previamente a la explosión de Internet había instrumentado un mecanismo similar al que posteriormente implementó Creative Commons, aunque limitado a los programas de computación de código abierto. Creative Commons tomó esa idea de la Free Software Foundation y la extendió a cualquier tipo de obra artística. La idea básica sobre la cual se apoyan estos emprendimientos es que el autor o creador de una obra (una imagen, una canción, una filmación, etc.) pueda adherirse al sistema de licencias “CC” o sea, licencias “Creative Commons” de forma tal que por la simple inclusión del logo “CC” en ese contenido o en la página Web en la cual se aloja dicho contenido sirva de indicador a los usuarios de cuáles son las utilizaciones del contenido que se pueden hacer legalmente y cuáles no.
Se trata de un esquema menos estricto, en el cual existen “algunos derechos reservados”, en contraposición con el esquema tradicional del Copyright, en el cual están “todos los derechos reservados”. La persona que se adhiere a una licencia CC mantiene sus derechos de autor sobre la obra, pero les permite a los usuarios copiar y distribuir dicha obra, bajo las condiciones que él elija si no quiere imponer ninguna condición, puede elegir una licencia llamada Intelectual le reconocen” elija “lo menos” o sea, que su obra esté menos condicionada frente al resto de los usuarios. Es fácil advertir que el sistema de licencias CC está mayormente orientado a los contenidos UGC, con lo cual su incidencia en otro tipo de contenidos (esto es, los contenidos “tradicionales”) es mínima.

Belén Stettler, oriunda de Río Gallegos, Santa Cruz, Argentina, cuenta con 35 años y es Licenciada en Ciencias de la Comunicación Social por la Universidad de Buenos Aires (UBA). A lo largo de sus 13 años de trayectoria en comunicación política, ha trabajado como consultora en Buenos Aires, especializándose en estrategia, investigación y comunicación directa. Ha dirigido equipos de comunicación en diversas campañas. Su experiencia incluye roles importantes en la Obra Social del Personal de Seguridad Pública de Buenos Aires, la Vicejefatura de Gobierno de Buenos Aires, Claves Creativas, Ford Argentina y AkzoNobel, iniciando su carrera en Grupo Suessa Organización Empresaria.
