{"id":908,"date":"2026-01-28T07:26:00","date_gmt":"2026-01-28T07:26:00","guid":{"rendered":"https:\/\/com-proff.com\/?p=908"},"modified":"2026-01-26T14:29:19","modified_gmt":"2026-01-26T14:29:19","slug":"la-invencion-de-gutenberg","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/com-proff.com\/en\/comunicacion\/la-invencion-de-gutenberg\/","title":{"rendered":"La invenci\u00f3n de Gutenberg\u00a0"},"content":{"rendered":"<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"683\" src=\"https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-1024x683.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-909\" srcset=\"https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-1024x683.jpg 1024w, https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-300x200.jpg 300w, https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-768x512.jpg 768w, https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-1536x1024.jpg 1536w, https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-2048x1365.jpg 2048w, https:\/\/com-proff.com\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/carpenter-cutting-wood-18x12.jpg 18w\" sizes=\"auto, (max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n\n<p>Se presenta como una nueva forma de reproducci\u00f3n de obras que contrarresta los costosos y limitados m\u00e9todos que se utilizaban hasta ese entonces. Gracias a este nuevo sistema de reproducci\u00f3n nace una nueva industria dedicada a la impresi\u00f3n de libros y, simult\u00e1neamente, surgen los primeros problemas de competencia entre los propietarios de las imprentas. Frente al alto costo de los equipos de reproducci\u00f3n, y sumado a ello la lentitud en la recuperaci\u00f3n de las inversiones efectuadas, los impresores reclaman un r\u00e9gimen de protecci\u00f3n especial. As\u00ed, a mediados del siglo XVI se implementa en Inglaterra el sistema de privilegios, consistente en un monopolio de explotaci\u00f3n que el Estado le confiere a los impresores y libreros, bajo la condici\u00f3n de que hayan obtenido la aprobaci\u00f3n de la censura y de que publiquen la obra (Lipszyc, 1993, Goldstein 1996).<\/p>\n\n\n\n<p>Como podemos apreciar, el reconocimiento del Copyright a favor de los imprenteros ingleses est\u00e1 ligado a un objetivo que a\u00fan hoy sigue siendo el motor de la llamada \u201cindustria\u201d dedicada a la producci\u00f3n de contenidos: la protecci\u00f3n de la inversi\u00f3n. A esta altura de la historia de la humanidad se entendi\u00f3 que si los imprenteros no recib\u00edan un reconocimiento legal simplemente desistir\u00edan de publicar nuevas obras. Por ende, la sociedad ser\u00eda la que perder\u00eda en \u00faltima instancia, porque le resultar\u00eda m\u00e1s dif\u00edcil acceder a nuevas obras, las cuales hasta el momento previo a la invenci\u00f3n de la imprenta s\u00f3lo pod\u00edan ser difundidas mediante la tradici\u00f3n oral o el copiado manual.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La segunda gran transformaci\u00f3n que vivi\u00f3 el mundo de las artes, y en particular el Derecho de Autor, tiene origen con otra importante invenci\u00f3n del siglo X1X: el fon\u00f3grafo. Este invento permiti\u00f3 la reproducci\u00f3n mec\u00e1nica de obras musicales y su significaci\u00f3n econ\u00f3mica se plasma en dos hechos remarcables: (i) una grave situaci\u00f3n de desempleo entre los artistas musicales de la \u00e9poca; y (ii) el nacimiento de un nuevo sector industrial dedicado a la reproducci\u00f3n y venta de soportes f\u00edsicos que permitan el disfrute de la m\u00fasica a trav\u00e9s de grabaciones fonogr\u00e1ficas (Villalba y Lipszyc, 1976).Posteriormente al fon\u00f3grafo se desarrollan nuevas tecnolog\u00edas de reproducci\u00f3n musical que permitieron la inserci\u00f3n de distintos medios que fueron sucedi\u00e9ndose a lo largo del tiempo (discos de vinilo, casetes, discos compactos, y finalmente, procedimientos digitales de grabaci\u00f3n). Estos nuevos medios generaron a su vez nuevos conflictos en torno al copiado de obras y a su comunicaci\u00f3n p\u00fablica, dando nacimiento a los denominados \u201cderechos conexos\u201d. La evoluci\u00f3n t\u00e9cnica consigui\u00f3 tambi\u00e9n transformar otro tipo de obras, tales como las dram\u00e1ticas. Como derivaci\u00f3n de este \u00faltimo tipo de obras surgi\u00f3 la obra cinematogr\u00e1fica, que posibilit\u00f3 nuevas formas de explotaci\u00f3n de trabajos que hasta ese momento s\u00f3lo pod\u00edan ser exhibidos como obras teatrales. Los avances tecnol\u00f3gicos en los sistemas de representaci\u00f3n de obras cinematogr\u00e1ficas permitieron luego la transmisi\u00f3n de estas obras a trav\u00e9s de la televisi\u00f3n y, posteriormente, a trav\u00e9s de fijaciones en soportes f\u00edsicos hogare\u00f1os (videocasetes, DVDs, etc.).<\/p>\n\n\n\n<p>En el \u00e1mbito de la industria cinematogr\u00e1fica, por citar algunos ejemplos, tambi\u00e9n se vivieron situaciones de p\u00e1nico con la llegada de las nuevas tecnolog\u00edas. Los due\u00f1os de salas de cine temieron por su existencia al irrumpir el llamado video hogare\u00f1o, que permit\u00eda al consumidor ver una pel\u00edcula en el sill\u00f3n de su casa. \u00bfA mediados de la d\u00e9cada del ochenta la industria de la televisi\u00f3n siti\u00f3 que su negocio estaba amenazado de muerte cuando se populariz\u00f3 el uso de videograbadoras, dado que se tem\u00eda que los televidentes grabaran todos los programas de televisi\u00f3n y saltearan las publicidades que para esta industria (fundamentalmente televisi\u00f3n abierta) eran la fuente de ingreso del sector? No obstante, la gran diferencia entre todos los cambios tecnol6.gicos que influyeron en el Derecho de Autor y el escenario tecnol\u00f3gico actual es que en aquellos casos los cambios tuvieron lugar en un mundo en el cual no exist\u00edan tantas facilidades en lo que se refiere a comunicaci\u00f3n y circulaci\u00f3n de contenidos. Adem\u00e1s, como veremos, estos cambios tecnol\u00f3gicos previos a la explosi\u00f3n de Internet estaban mayormente ligados a nuevas situaciones en las cuales el soporte f\u00edsico segu\u00eda siendo para el usuario.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>A partir de Internet todo esto cambia porque: (\u00ed) las t\u00e9cnicas de reproducci\u00f3n evolucionan de manera exponencial; (ii) los sistemas de comunicaci\u00f3n permiten que aumente aceleradamente la circulaci\u00f3n de dichos contenidos dentro de la Red; y (iii) el contenido se independiza del soporte f\u00edsico al que tradicionalmente estuvo fijado. A medida que todos estos cambios tecnol\u00f3gicos se iban produciendo la legislaci\u00f3n en materia de Derecho de Autor fue intentando adaptarse a las nuevas realidades sociales. En este punto, es de cr\u00edtica importancia el trabajo realizado a nivel internacional, ya que en esta materia el consenso internacional (plasmado en tratados multilaterales) ha sido determinante para la reforma de las leyes de Derecho de Autor en el \u00e1mbito nacional. Esta actividad de la comunidad internacional en torno al Derecho de Autor produjo lo que podemos denominar una suerte de &#8220;internacionalizaci\u00f3n&#8221; de las reglas sobre protecci\u00f3n de contenidos. Espec\u00edficamente en el \u00e1mbito del Derecho de Autor, uno de los tratados internacionales m\u00e1s importantes con relaci\u00f3n a la protecci\u00f3n del Derecho de Autor data de fines del siglo XIX. Nos referimos al Convenio de Berna para la Protecci\u00f3n de Obras Art\u00edsticas y Literarias, que fue celebrado en 1886. Este Convenio de Berna fue revisado y reformado a lo largo de sucesivas reuniones. La \u00faltima reuni\u00f3n que modific\u00f3 el texto de este Convenio tuvo lugar en Par\u00eds a principios de la d\u00e9cada del setenta, en la cual se aprob\u00f3 lo que en la jerga se denomina el \u201cActa de Par\u00eds\u201d de 1971. La celebraci\u00f3n de tratados internacionales sobre Derecho de Autor, ya desde fines del siglo XIX, estaba justificada por la necesidad de proteger a las obras art\u00edsticas y literarias a nivel internacional, dado que, desde la invenci\u00f3n de la imprenta en adelante, todas estas obras estuvieron destinadas a circular sin reparar en las fronteras de los pa\u00edses. Ciertamente, en ese primer momento los sistemas de transporte y comunicaci\u00f3n no eran tan avanzados, con lo cual la \u201ccirculaci\u00f3n\u201dde las obras era muy diferente de la actual. Sin embargo, esto no evitaba la posibilidad de que se cometieran infracciones.<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se presenta como una nueva forma de reproducci\u00f3n de obras que contrarresta los costosos y limitados m\u00e9todos que se utilizaban hasta ese entonces. 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